
Las Juntas Generales de Bizkaia han dado luz verde en la Comisión de Hacienda a un ajuste en la normativa del IRPF para familias separadas o divorciadas. La modificación corrige la rigidez del modelo anterior y se aplicará con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025 una vez sea ratificada en el pleno.
Esta medida beneficiará a las familias monoparentales o divorciadas en las que uno de los progenitores asume en la práctica la mayor parte del sustento económico de sus hijas e hijos menores.
Requisitos para acceder a la tributación conjunta
Podrán presentar la declaración de la Renta en modalidad conjunta con los descendientes quienes acrediten que la otra parte no contribuye de forma suficiente a la manutención.
- Pensión de alimentos reducida o nula: Considera que no existe contribución suficiente si la pensión fijada es inferior a 235 euros mensuales por cada hijo/a o si directamente no se abona.
- Trámites de acreditación simplificados: Se podrá justificar la situación mediante una demanda judicial por impago de pensiones o bien con una declaración responsable (con mecanismos de verificación para evitar fraudes).
- Casos de custodia compartida: También se permitirá la tributación conjunta en custodia compartida si uno de los progenitores incumple de manera continuada el pago de los gastos ordinarios del menor, siempre que quede acreditado en vía judicial.
- Víctimas de violencia machista o doméstica: Exentas de presentar pruebas de mantenimiento exclusivo para no añadir cargas administrativas.





