
El Gobierno Vasco ha abierto la convocatoria de becas y ayudas al estudio para estudiantes de niveles no universitarios. Para resolver todas las dudas de las familias sobre plazos, requisitos, documentación e importes, hemos preparado esta guía detallada.
Plazos de solicitud
- Plazo general: Del 27 de julio al 30 de septiembre de 2026 (ambos inclusive).
- Matrículas posteriores al 30 de septiembre: Si la matrícula se formaliza más tarde, la solicitud se podrá presentar en el plazo máximo de un mes desde la fecha de matrícula.
- Límite absoluto: En ningún caso se admitirán solicitudes de beca pasadas las 23:59 h del 30 de abril de 2027.
¿Dónde se consigue el formulario de solicitud?
- Alumnado becado en el curso 2025-2026: Si sus enseñanzas están registradas en la aplicación de gestión de matrícula, recibirán vía SMS y/o correo electrónico el acceso al borrador cumplimentado. También pueden descargarlo entrando en Ikasgunea.
- Nuevos solicitantes o resto del alumnado: Deberán tramitar la solicitud de forma electrónica a través de la web oficial: www.euskadi.eus/becas-no-universitarias
- Opción presencial: El formulario físico se puede recoger directamente en el centro docente. (Recordatorio importante: todo formulario impreso DEBE ir firmado manualmente antes de entregarlo en el colegio o registro).
Requisitos y situaciones especiales
- Empadronamiento fuera de Euskadi: Sí es posible pedir la beca, siempre que el centro de estudios esté ubicado en el País Vasco.
- Varias solicitudes o estudios dobles: Ningún estudiante podrá percibir más de una beca aunque curse varias enseñanzas simultáneamente. Si se registran varias solicitudes, solo se tramitará la última registrada.
- Familias separadas o divorciadas: Solo podrá tramitar la beca el progenitor con el que el alumno/a esté empadronado/a.
- Requisitos académicos por etapas:
- Infantil, Primaria y ESO: Estar matriculado/a en un centro de Euskadi.
- Bachillerato, FP y otras enseñanzas: Estar matriculado/a en Euskadi y no repetir curso.
- 1.º de Bachillerato y Grado Superior: Haber obtenido una nota media mínima de 5 puntos en el curso de acceso.
- 2.º de Grado Superior: Haber superado como mínimo el 85% de las asignaturas del curso 2025-2026.
Componentes y cuantías de las ayudas
La solicitud es única; la administración asignará automáticamente los componentes que correspondan según la renta familiar y nivel de estudios:
- A) Educación Infantil (1.º Ciclo / 0 a 2 años)
- Componente de Cuota:
- 0 y 1 año: Hasta 90 € por mes de asistencia.
- 2 años: 200 € (no aplicable en centros públicos/concertados sin cuota).
- Componente de Comedor (aula de 2 años): Hasta 818,80 € max. (178 días × 4,60 €/día).
- B) Infantil (2.º Ciclo), Primaria, ESO y Enseñanzas Elementales de Música y Danza
- Componente de Material Escolar. (Nota: Si la familia renuncia voluntariamente al programa de libros solidarios en Primaria/ESO, no optará a la ayuda de material).
- Componente de Comedor: Hasta un máximo de 818,80 € para Infantil, Primaria y ESO.
- C) Bachillerato, FP (Grado Medio y Superior), Artes y Deportes
- Combinación de: Beca básica, cuantía complementaria, cuantía ligada a la renta, cuantía por residencia habitual durante el curso y premio/cuantía por excelencia académica.
- D) FP Básica e Idiomas
- Beca básica + cuantía complementaria.
- E) Necesidad Específica de Apoyo Educativo (NEAE – Capítulo III)
Dirigido a alumnado registrado previamente en la aplicación W67 del Departamento de Educación (discapacidad ≥ 25%, TDAH, trastornos graves de conducta o comunicación/lenguaje, TEA o altas capacidades):
- Reeducación pedagógica / del lenguaje / Altas capacidades: Hasta 913 €.
- Enseñanza: Hasta 862 €.
- Transporte escolar / Subsidio: Hasta 617 €.
- Comedor (subsidio para familias numerosas): Hasta 574 €.
- Material para aprendizaje de tareas: Hasta 204 €.
- Subsidio adicional de cuantía fija: 400 €.
Documentación a presentar e Ingresos
- Si tuviste beca en el curso 2025-2026: Solo adjunta los documentos que certifiquen cambios familiares, patrimoniales o laborales respecto al año anterior.
- Nuevos solicitantes o cambios de ingresos:
- Fotocopia de la Declaración de la Renta 2025 (si no se presentó en Araba, Bizkaia o Gipuzkoa).
- Certificados de ingresos o ayudas sociales (Cáritas, Cruz Roja, Servicios Sociales, 10T, contratos) si no se declaró IRPF.
- Acreditación de familia numerosa, monoparental, discapacidad o hermanos universitarios fuera del domicilio.
- Deducciones en la renta por familia numerosa:
- Categoría General: 525 € de deducción por cada hermano/a conviviente.
- Categoría Especial: 800 € de deducción por cada hermano/a conviviente.
- Alumnado con NEAE: 2.000 € de deducción.
- Límites patrimoniales máximos: Fincas urbanas hasta 47.200 € (excluida la vivienda habitual), fincas rústicas hasta 14.450 € y rendimientos del capital mobiliario hasta 1.900 €.
Resoluciones, pago e incompatibilidades
- Notificación: Se publicará en el Tablón Electrónico de Anuncios del Gobierno Vasco y se avisará a las familias vía SMS / e-mail.
- Alegaciones y Recursos: Se dispondrá de 10 días hábiles para alegaciones tras la resolución provisional y 1 mes para recursos tras la resolución definitiva.
- Cobro de la ayuda: El ingreso se realiza en un único pago dentro del plazo de un mes tras la resolución definitiva. (Excepción: En colegios públicos con comedor de gestión directa, la cuantía del comedor se abona al centro, que luego la reembolsa a las familias).
- Incompatibilidad universitaria: Si un estudiante recibe beca para estudios universitarios en el curso 2026-2027, no podrá percibir las becas no universitarias. Para el resto de niveles, es compatible siempre que no supere el 100% del coste total del servicio.
Más información: Becas Euskadi 2026





